viernes, 27 de noviembre de 2015

Congreso de la familia de la Escuela Basica Profesoras Hermanas Bucarelly

En el siguiente video les dejo mi participación en el 3er congreso de la familia, con el tema ´´ ¿ Que papel juegan las familias en el cuidado de sus hijos e hijas?



Nomenclatura Algebraica

NOMENCLATURA ALGEBRAICA

Expresión Algebraica.- Es la representación de un símbolo algebraico o de una o más operaciones algebraicas, así:

 Ejemplo:

 a,      2x,   a(b+c),       2x+y,                   x2-5x



Término.- Es una expresión algebraica que consta de un solo símbolo o de varios símbolos no separados entre sí por el signo de más (+) o  de menos (-).

Por ejemplo:  3a2,       xy,    -2abc, -xyz



Elementos de un término

-Son cuatro: el signo, el coeficiente, la parte literal y el grado, así por ejemplo:
Monografias.com


En el caso de 3a2 el signo es positivo (cuando un término no va precedido de ningún signo es positivo), el coeficiente es 3, la parte literal es a2 y el grado es 2 (segundo grado).






En el caso de -ab2c3 el signo es negativo, el coeficiente es 1 (cuando un término no va precedido de ningún coeficiente, el coeficiente es la unidad), la parte literal es ab2c3 y el grado de primer grado con relación a la letra a porque el exponente de este factor es l, de segundo grado con relación a la letra b, y de tercer grado con relación a la letra c.


Nota: Para obtener el grado absoluto de un término se suma los exponentes de sus factores literales. En el caso de -2xy2z3 el grado absoluto de sexto grado porque la suma de los exponentes de sus factores es 1+2+3=6




Clases de términos

- Término entero.- El que no tiene denominador literal, así por ejemplo 7xy2z3.

- Término fraccionario.- El que tiene denominador literal, así por ejemploMonografias.com
- Término racional.- El que no tiene radical, como los ejemplos anteriores
- Término irracional.- El que tiene radical. Ejemplo Monografias.com

- Términos homogéneos.- Los que tienen el mismo grado absoluto, así por ejemplo 2ab2c4 y 5x2y2z3 son homogéneos porque ambos son de séptimo grado absoluto

- Términos heterogéneos.- Los que no tienen el mismo grado absoluto.





Monomio.- Es una expresión algebraica que consta de un solo término, así por ejemplo: 7ª

Binomio.- Es una expresión algebraica que consta de dos términos, así por ejemplo: 3a2 – 2ª

Trinomio.- Es una expresión algebraica que consta de tres términos, así por ejemplo: a 3 + b - c2

Cuatrinomio.- Es una expresión algebraica que consta de cuatro términos, así por ejemplo: x 3 + 4x2 + 2x +1

Nota: En general la expresión algebraica que consta de más de un término (binomio, trinomio, cuatrinomio,...) se llama Polinomio
El grado de un polinomio puede ser absoluto y con relación a una letra.

El grado absoluto de un polinomio es el grado de su término de mayor grado.
 Ejemplo:
 El polinomio a5 -2a4 + a3 – 3a2 +a es de quinto grado.

El grado con relación a una letra de un polinomio es el mayor exponente de dicha letra.
Ejemplo:
El polinomio a5 + a 2b3 – a 6b2 es de sexto grado con relación a la letra a y de tercer grado con relación a la letra b.

Un polinomio puede estar ordenado con relación a una letra, llamada letra ordenatriz, en orden descendente o en orden ascendente.
 Así por ejemplo:
El polinomio x5 + 5x4y – 2x3y2 + 4x4y3 + x5y4- y5 + 3 está ordenado en forma descendente respecto a la letra ordenatriz x y en orden ascendente respecto de la letra ordenatriz y. El término de un polinomio que no tiene parte literal se llama término independiente (el número 3 del ejemplo) y al ordenar un polinomio se lo ubica siempre al final.




martes, 17 de noviembre de 2015

Reseña Histórica del Algebra

La historia del álgebra comenzó en el antiguo Egipto y Babilonia, donde fueron capaces de resolver ecuaciones lineales y cuadráticas, así como ecuaciones indeterminadas como con varias incógnitas. Esta antigua sabiduría sobre resolución de ecuaciones encontró, a su vez, acogida en el mundo islámico, en donde se la llamó "ciencia de reducción y equilibrio". (La palabra árabe al-yabr que significa "reducción", es el origen de la palabra álgebra). A los árabes se debe el desarrollo del algebra (siglo IX). Al-Juarismi, el más grande matemático musulmán, escribió uno de los primeros libros árabes de álgebra "Kitab al-muhtasar fi hisad al-gabr wa-al-muqabala", de donde deriva el nombre de esta ciencia. Al-gabr significa ecuación o restauración; al-muqabala son los términos que hay que agregar o quitar para que la igualdad no se altere. Por esto, en rigor, el Álgebra no es más que una teoría de las ecuaciones (Baldor A., 1992).

En las civilizaciones antiguas se escribían las expresiones algebraicas utilizando abreviaturas sólo ocasionalmente; sin embargo, en la edad media, los matemáticos árabes fueron capaces de describir cualquier potencia de la incógnita x, y desarrollaron el álgebra fundamental de los polinomios, aunque sin usar los símbolos modernos. La traducción al latín del Álgebra de Al-Jwarizmi fue publicada en el siglo XII.

Un avance importante en el Álgebra fue la introducción, en el siglo XVI, de símbolos para las incógnitas y para las operaciones y potencias algebraicas. Debido a este avance, el Libro III de la Geometría (1637), escrito por el matemático y filósofo francés René Descartes se parece bastante a un texto moderno de Álgebra. Sin embargo, la contribución más importante de Descartes a la Matemática fue el descubrimiento de la Geometría Analítica, que reduce la resolución de  problemas geométricos a la resolución de problemas algebraicos. Su libro de Geometría contiene también los fundamentos de un curso de teoría de ecuaciones, incluyendo lo que el propio Descartes llamó la regla de los signos para contar el número de raíces verdaderas (positivas) y falsas (negativas) de una ecuación. (Biblioteca de Consulta Microsoft Encarta 2004)
En la actualidad los conocimientos del Álgebra han encontrado aplicaciones en todas las ramas de la Matemática y en muchas otras ciencias llegando a ser empleados hasta para investigaciones sobre las leyes del pensamiento.




lunes, 16 de noviembre de 2015

Materiales de apoyo


  1. Aquí están algunos de los materiales de apoyo elaborados por mi y los alumnos en sus exposiciones  para impartir un tema.









domingo, 15 de noviembre de 2015

Generalísimo Máximo Gómez


El 18 de noviembre todos los Banilejos, Dominicanos, Cubanos y todo aquel que entienda lo que es el sentimiento de lucha y libertad  no debe pasar por alto esta fecha en la que celebramos el natalicio del prócer orgullosamente banilejo, El Generalísimo Máximo Gómez.


 Máximo Gómez 



Dirigente militar de los independentistas cubanos (Baní, República Dominicana, 1836 - La Habana, 1905). Destinado a la carrera eclesiástica, cambió ésta por la de las armas al producirse la invasión de Santo Domingo por Haití en 1855. En 1865 pasó a Cuba y se unió al movimiento nacionalista contra la dominación colonial española. Cuando estalló la primera guerra por la independencia cubana, la «guerra de los diez años» (1868-78), Gómez luchó junto a Céspedes, ascendiendo gracias a su experiencia militar hasta obtener el mando sobre las fuerzas de la provincia de Oriente.
Allí implementó una eficaz táctica de guerrillas que le dio el control de la región, pero en cambio fracasó en su campaña para invadir la mitad occidental de la isla (1875). Acuciado por disensiones internas, abandonó Cuba poco antes de firmarse la Paz de Zanjón (1878). Refugiado en Honduras -donde fue nombrado general del Ejército- apoyó un nuevo intento de insurrección en Cuba, que también fracasó (la «Guerra Chiquita» de 1879-80).
En 1892 llegó a un acuerdo con José Martí y Antonio Maceo para organizar una nueva insurrección, de la que Gómez sería jefe militar. Muerto Martí al comienzo de la Guerra de la Independencia (1895-98), Gómez y Maceo dirigieron la ofensiva rebelde desde el este hacia el oeste de la isla (1895-96); pero fueron derrotados por la enérgica política con la que respondieron los españoles bajo el mando del general Weyler.
La muerte de Maceo (1896) dejó solo a Gómez al frente del movimiento, de nuevo confinado a la lucha guerrillera en las montañas orientales. A pesar de su débil posición militar, se negó a todo compromiso con los españoles, rechazando el plan de autonomía que ofreció el gobierno Sagasta (1898).
La intervención de Estados Unidos vino a expulsar a los españoles de Cuba en 1898 por la fuerza de las armas; y la nueva República independiente tuvo en Gómez a su héroe nacional, encarnación de la lucha revolucionaria. Sin embargo, Gómez entró en conflicto con los nuevos dirigentes políticos y con el gobierno de intervención norteamericano, y dimitió del mando del Ejército.

Frases Celebres de Máximo Gómez
Se podría decir que Máximo Gómez tuvo algunas frases que han trascendido a través del tiempo y la historia. 


"Yo luché para liberar a Cuba no para gobernarla".
 Expresada tras ser cuestionado por un auditorio sobre el porqué el generalísimo habiendo ganado los más altos grados del Ejército Libertador había rechazado que lo eligieran primer presidente de la patria que quería como propia. Hoy se cumple el 179 aniversario de su nacimiento. Máximo Gómez fue un líder latinoamericano.

viernes, 13 de noviembre de 2015

Ambientando el aula con ayuda de los alumno/as del 8vo. B

¨ La capacidad de cada ser humano es incalculable cuando se dispone a crear¨.
                 Mayrel Paulino

Haciendo manualidades para conmemorar el  25 de noviembre, mes de las ¨ Mariposas¨ en honor a las hermanas Mirabal.






sábado, 7 de noviembre de 2015

8vo.A Explicando las operaciones con radicales


Los y las estudiante de 8vo. A de la escuela Hnas. Bucarelly explicando el tema de las operaciones con radicales.

La escuela que queremos.

Los niños y niñas de 7mo grado recreándose con actividad de interacción del medio que los rodea.










lunes, 2 de noviembre de 2015

Aquí están los niños de los diferentes grados de la escuela Básica Profesoras Hnas. Bucarelly, recibiendo la entrega de sus uniformes de manos de la directora, los maestros, orientadores y colaboradores del centro educativo a nombre del MINERD.


Constitución de la República Dominicana

La vigente Constitución de la República Dominicana fue proclamada el 13 de junio de 2015 en Santo DomingoD. N. La primera constitución dominicana fue promulgada el 6 de noviembre de 1844, en San Cristóbal (República Dominicana) mediante la gaceta oficial no. 10561.
La República Dominicana ha modificado en 39 ocasiones su Carta Magna, 33 de ellas directamente relacionadas sobre el tema de la reelección presidencial.



Técnica y estructura constitucionales
Esta Constitución usa una técnica legislativa más depurada que sus versiones anteriores. Está estructurada en 15 títulos, precedidos de un preámbulo. Sus subdivisiones son los capítulos, secciones hasta el detalle de los 277 artículos y 20 disposiciones. Cada artículo tiene su propia denominación o epígrafe.
Sin embargo, su efectividad, si se toma como indicador el desarrollo institucional, no dista mucho del régimen constitucional impuesto por Pedro Santana, en la primera Constitución del 6 de noviembre de 1844.
Tiene un orden temático mejor elaborado. El título I se refiere al Estado, gobierno y los principios generales. El Título II se refiere a los derechos, garantías y deberes fundamentales. Los derechos están mejor catalogados y más compatibles con el derecho internacional.
Los títulos III, IV, V y VI se refieren a los poderes del Estado.
El VI confirma al Consejo Nacional de la Magistratura y le asigna las nuevas facultades de los nombramientos del Tribunal Constitucional ( Título VII) y Tribunal Superior Electoral    ( Título X).
El VIII da rango constitucional al Defensor del Pueblo. El IX se refiere a los territorios locales y gobiernos municipales.
El XI se refiere al régimen económico y financiero y a la Cámara de Cuentas, cuyas ternas ahora son formuladas por la Cámara de Diputados.
El XII se refiere a seguridad y defensa. XIII detalla los estados de excepción. El XIV trata sobre las reformas constitucionales. Por último, el XV detalla las disposiciones tránsito.
Novedades en la Constitución dominicana de 2010
Las novedades de mayor impacto tras la reforma constitucional fueron:
1.     Re-estructuración del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM)
2.    La incorporación del nuevo Tribunal Constitucional(TC) y el Tribunal Superior Electoral (TSE), como entidades independientes de la Suprema Corte de Justicia (SCJ)

3.    Estructuración casi completa de la SCJ, sin jurisdicción de materia constitucional o electoral.
                                                                                                            





Fundamentos y principios fundamentales de la Constitución dominicana
El mayor reto de la Constitución dominicana consiste en que sus fundamentos y principios permanecen inoperantes, principalmente aquel que refiere su artículo 4º, sobre la independencia de poderes del Estado durante el ejercicio de la función pública. El Estado dominicano carece de independencia judicial, por lo menos en sus organismos superiores, tales como el TCSCJ y TSE.
Respecto a la Soberanía Popular, como fuente principal del poder consignada en el artículo 2, es un concepto inoperante.
La naturaleza de la Soberanía popular se encuentra totalmente desvirtuada, puesto que los procesos electorales más recientes fueron completamente espurios y plagados de múltiples violaciones.
137-11, Ley orgánica TC y procedimientos constitucionales
La Ley 137-11, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (TC) y procesos constitucionales, consolida legalmente el proceso para el establecimiento de un nuevo poder estatal, la justicia constitucional.
Ley Orgánica Tribunal Constitucional y procedimientos constitucionales
Para finiquitar ese proceso faltaría que El Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) designara los 13 jueces del Tribunal Constitucional (TC), tal vez el próximo mes de julio del año 2011. Esta fase estará controlada por el Poder Ejecutivo y bajo la égida de una sola persona, Leonel Fernández.
Estos jueces permanecerían en sus respectivos cargos 9 años, sin reelección y con edad límite de 75 años.
Aunque jurídicamente el TC es un organismo con autoridad legítima, autónoma e independiente, de hecho carece de confiabilidad, porque está completamente supeditado a los intereses políticos del ex presidente Leonel Fernández. Por ende su nivel de prestigio estará en función de las eventuales decisiones que emanen de esta institución. abril 2015
Acciones de Hábeas corpus, hábeas data y recurso de amparo
 ley 137-11 formula los siguientes recursos garantes de los derechos fundamentales:
1.     Acción de hábeas corpus: Aplicable para la ponderación de la restricción o amenaza de libertad a una persona;
2.    Acción de hábeas data: Para que la persona ejerza “su derecho a conocer de la existencia y acceder a los datos que de ella consten en registros o bancos de datos públicos o privados”);
3.    Acción de amparo: Se inicia contra todo acto u omisión de una autoridad pública o de cualquier particular que en forma actual o inminente, y con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, lesione, restrinja o altere o amenace los derechos fundamentales de una persona. Esta nueva legislación deroga la ley 437-06, sobre recurso de amparo.
La nueva ley ratifica la calidad del Defensor del Pueblo para emprender la acción de amparo en cualquier caso, sea de violación de los derechos fundamentales personales, como de los colectivos y difusos.
El TC tendrá que pronunciarse sobre la morosidad de la Cámara de Diputados para la conformación de las ternas del Defensor del Pueblo y adjuntos, puesto que la SCJ mostró evasiva e impasible frente a este caso que afecta seriamente los mecanismos de garantía de los derechos fundamentales.
Cada una de estas acciones la emprende la persona o su representante ante un juzgado de primera instancia. Mas, el TC es la jurisdicción para el sometimiento de los recursos de casación, en caso de apelación.
Recursos de acciones contra inconstitucionalidad
Existen, además, los recursos de acción de inconstitucionalidad en el orden administrativo contra las leyes, decretos, reglamentos, resoluciones y ordenanzas, si en algún caso se percibe violación por acción u omisión de alguna norma constitucional.
Control concentrado inconstitucionalidad
Si estas acciones de inconstitucionalidad se interponen directamente al TC, se constituye en un proceso de control concentrado de la constitucionalidad.
Control difuso de inconstitucionalidad
El art. 188 de la Constitución permite el control difuso de la constitucionalidad, pues faculta a cualquier tribunal dominicano a tratar sobre sus excepciones.
Durante cualquier proceso judicial de fondo, la persona física o moral pudiera alegar como medio defensa la acción de inconstitucionalidad de carácter normativo ante el mismo juez o tribunal de fondo, lo cual genera un proceso de control difuso de la constitucionalidad. Pero en definitiva, en caso de apelación, estas sentencias son casadas en última instancia por el TC.
Calidad para acción contra inconstitucionalidad
Aparte del Presidente de la República y por lo menos una tercera para de una de las Cámaras legislativas, cualquier persona con “interés legítimo y jurídicamente protegido” tiene la calidad para el sometimiento formal de una acción de inconstitucionalidad.
Por ende, este mecanismo ofrece la gran oportunidad al TC para que se pronuncie en torno a la naturaleza inconstitucional de las redadas arbitrarias y discriminatorias, con fines recaudatorios que suelen emprender policías, militares, AMET, DNCD, entre otros organismos del sistema de seguridad nacional.
El TC también tiene atribuciones sobre las normas de derecho internacional y la tutela nacional de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. También resuelve los conflictos entre poderes e instituciones públicas.
Para más detalles leer artículo: El designio del Tribunal Constitucional

Constitución y derecho a la nacionalidad
El art. 18 de la Constitución reconoce el derecho de ser dominicano a:
1.     Hijos de padres dominicanos, aún hayan nacido en el extranjero.
2.    Los nacidos en el territorio nacional, salvo hijos de miembros de legaciones diplomáticas, consulares, extranjeros en tránsito o residan ilegalmente en el país.
3.    Cónyuge de un dominicano
4.    Personas naturalizadas legalmente
Esa aclaración, respecto a personas en tránsito y residentes ilegales, porque la República Dominicana da asistencia médica de parto a decenas de haitianas por razones humanitarias y la inmigración de ilegales es muy frecuente y cuantiosa.
Leyes y Sentencias migratoria



Educación y formación Cívica
Obligación a la formación cívica
Los medios de comunicación social y las instituciones educativas, sean públicas o privadas, deben contribuir a la instrucción sobre la Constitución y la formación ciudadana. Así lo establecen los numerales 11 y 13 del artículo 63 de la Constitución dominicana.
El propósito de la norma es ambicioso, pues aspira a la formación de personas más conscientes en torno a sus derechos y garantías fundamentales.
Además, esta nueva Constitución contempla nuevas figuras de participación directa y vinculante, tales como la iniciativa popular legislativa, la de norma municipal, los referendos y los plebiscitos locales.
Formula otras modalidades de participación más corrientes las que, aún no sean vinculantes, fundamentan el ejercicio ciudadano. Estas instancias son el presupuesto participativo municipal, las iniciativas populares de la economía solidaria, peticiones informativas y de proyectos, control de la legalidad en la administración y la fiscalización del patrimonio del sector público. Entonces, es un reto que trasciende a la mera instrucción y formación, para llegar al empoderamiento ciudadano y sus deberes fundamentales.
La participación directa del ciudadano es un aspecto crucial de su formación cívica.
Artículo 63, sobre derecho a la educación y formación cívica
Ejercicio de ciudadanía
Aún se asuma la complejidad del escenario social dominicano y la buena fe de los legisladores, autoridades, partidos políticos, consultores y expertos constitucionalistas, empresarios, instituciones sociales o religiosas; toda persona, en definitiva, toma decisiones basadas en sus creencias, vinculaciones, estados emocionales y utilidades intangibles o materiales.
¿Cuántas de estas personas se autocensurarían, contribuirían a distorsiones o mediatizarían el proceso formativo constitucional, motivados por sus creencias e intereses particulares?
Por eso urge, como contrapeso, un ejercicio de ciudadanía más efectivo durante el proceso de formación cívica, el cual ponga énfasis en fortalecimiento de un sistema democrático más participativo y directo.
Constitución como referencia moral
Las decisiones en el marco de la Constitución y la ley
La Constitución y el marco legal constituyen la referencia moral más inclusiva y global de que disponen los ciudadanos para la toma de decisiones personales y de interés público. Por tanto, es obligatorio que las personas, no sólo lean textualmente su contenido y reciban instrucciones morales, sino que la asuman como un estilo de vida.
No obstante, se estima que sólo el 6% de los dominicanos considera una prioridad los asuntos institucionales, a pesar de que éstos son determinantes para la reducción de los niveles de pobreza, la seguridad y constituye uno de los pilares de la competitividad nacional.
Material didáctico para formación cívica
El Centro de Recursos Educativos Salomeo y el Registro de Iniciativas Ciudadanas (RIC) auspician este proyecto editorial.
Recurre en la medida de lo posible a esquemas ilustrados y tablas para la exposición de los temas. Tiene glosario, biblioteca virtual básica y ejercicios para la toma de decisiones. Su sección evaluativa usa los crucigramas reales e interactivos y toman en cuenta los diversos aspectos de la Constitución dominicana.













Referencias
1.     Volver arriba «Asamblea proclama la nueva Constitución de la República». Santo Domingo: Listín Diario. 13 de junio de 2015. Consultado el 16 de junio de 2015.
2.     Volver arriba Constitución política de la República Dominicana, reforma vigente desde 26 de enero 2010
3.     Volver arriba «Proclaman nueva Constitución dominicana que permite reelección»TeleSUR. 13 de junio de 2015. Consultado el 16 de junio de 2015.
5.     Volver arriba Archivo: La real leyenda de Trujillo, Juan pablo duarte y las hermanas miraval|miniaturadeimagen|historica
6.     Volver arriba [http://bonoc.files.wordpress.com/2011/06/ley-organica-tribunal-constitucional-137-11.pdf Ley Orgánica Tribunal Constitucional y procedimientos constitucionales en pdf
7.     Volver arriba Valerio lara, "Designio del Tribunal Constitucional", periódico digital 7Dias.com.do, 19 dic 2010, Rep. Dominicana
8.     Volver arriba Valerio Lara, Constitucionalismo ciudadano ilustrado, 2011, Rep. Dominicana